Recordamos que por medio de la RG Nº 687-Agip-2013, se dispuso el uso obligatorio del aplicativo e-SICOL para los grandes contribuyentes de Ingresos Brutos locales a partir de la declaración jurada Octubre 2013 (vencimiento en Noviembre 2013) y para el resto de los contribuyentes será obligatorio desde el vencimiento correspondiente al anticipo nº 2 del 2014 con vencimiento en Marzo de 2014.
Finalmente, la AGIP ha habilitado el servicio referido, respecto del cual efectuamos los comentarios siguientes:
La aplicación permite confeccionar la declaración jurada mensual del impuesto, su presentación electrónica vía Internet.
Desde el mismo, se puede generar un volante electrónico de pago (VEP) para las DDJJ presentadas, incluso con fecha de pago vencido, rectificar y hacer pagos parciales.
Se deberá acceder al aplicativo mediante la página de AGIP, con clave ciudad nivel 01 o 02 según corresponda y dar de de alta a la aplicación desde servicio web.
Desde el punto de vista estructural, la aplicación es similar al programa que se utiliza bajo el SIAP. Existe una pantalla “caratula”, en la cual se detalla CUIT, Razón Social, Situación IVA, Tipo de Persona (Física o Jurídica) y la Actividad, y otra con los datos del representante. Luego ya se acceden a pantallas para la carga del impuesto: Periodo, ingresos por actividad, saldos a favor, créditos, percepciones, retenciones y por último el cuadro con la liquidación y presentación de la DDJJ.
A los fines de la presentación y pago utilizando el e-SICOL recordamos que resulta obligatorio a partir de las siguientes fechas:
Terminación de DV nº inscripción |
Vencimiento |
0 – 1 |
13 de Noviembre |
2 - 3 |
14 de Noviembre |
4 - 5 |
15 de Noviembre |
6 - 7 |
18 de Noviembre |
8 - 9 |
19 de Noviembre |
Fuente: Estudio Osvaldo Soler - Noviembre 2013
Estudio AGML: Estudio Contable Impositivo
Te 4571-6059
Cel 156-8021497
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