Bs. As., 23/03/2016

VISTO las Resoluciones Generales N° 3.749 y N° 3.779, sus respectivas modificatorias y complementarias, y CONSIDERANDO:

Que la primera de las normas mencionadas generalizó el régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales,
respaldatorios de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras, y las señas o


anticipos que congelen precio, a todos los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado.

 

PARA MAS INFORMACION CONTÁCTENOS

Te.:4571-6059  

 

Cel.156-8021497  // 153-4806930 

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.