VISTO los Expedientes Electrónicos EX-2020- 00203552- -AFIP-DVCOAD#SDGCTI y EX-2020-00141282- -AFIP-DISERE#SDGREC, yCONSIDERANDO:

 Que mediante el Título I de la Ley N° 27.541 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social. 

Que en este sentido, el Capítulo I del Título IV de la mencionada ley dispuso un régimen de regularización de obligaciones tributarias, de los recursos de la seguridad social y aduaneras vencidas al 30 de noviembre de 2019, para aquellos contribuyentes que obtengan el “Certificado MiPyME” así como para las entidades civiles sin fines de lucro.

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